Podemos definir dos grupos principalmente: subvenciones para la inversión y subvenciones para la creación de empleo.
1. Subvenciones para la inversión
- Subvenciones a fondo perdido: este tipo de subvenciones no exigen la devolución del capital pasado un plazo determinado, suponen un menor riesgo para el autónomo al no tener que provisionar el capital.
- Capitalización del paro: las personas que encontrándose en paro decidan empezar un proyecto pueden solicitar la capitalización de su prestación por desempleo en un pago único. La capitalización del paro permite cobrar en un único pago el 60% del importe pendiente de la prestación por desempleo.
- Financiación bonificada: este tipo de subvención consiste en la bonificación de los tipos de interés de la línea de crédito concedida. Ejemplos de financiación bonificada serían las líneas de crédito que ofrece el ICO y las diferentes Comunidades Autónomas con los programas promoción del empleo autónomo y el programa de apoyo a la creación y modernización de empresas
- Subvenciones y ayudas sectoriales: este tipo de subvenciones estén especializadas en sectores en concreto que se busca incrementar su competitividad. El organismo encargado de repartir las subvenciones son las consejerías de las Comunidades Autónomas.
- Subvenciones y ayudas a la economía social: la creación de cooperativas y sociedades laborales con carácter social está subvencionada por parte de todas las Comunidades Autónomas que combinan ayudas a la inversión y ayudas a la creación de puestos de trabajo.
- Incentivos regionales: el encargado de la tramitación y aceptación de este tipo de subvención es el Ministerio de Economía y Hacienda. Está enfocada a inversiones superiores a los 600.000€ en Comunidades Autónomas y territorios menos desarrollados.
2. Subvenciones y ayudas a la creación de empleo
- Bonificación en la cotización de autónomos: en los últimos años han surgido diferentes bonificaciones a la cuota de los autónomos: tarifa plan para emprendedores, bonificación para autónomos menores de 30, 35 años en caso de mujeres, que se incorporen al RETA, la Ley de emprendedores, discapacitados, etc.
- Bonificaciones a la contratación de trabajadores: existen diversas bonificaciones en las cuotas empresariales por contratación indefinida, temporal y transformación de contratos temporales en indefinidos.
El rincón de la mujer emprendedora
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